Asesoramiento y formación para profesionales y empresas

Atención al cliente +34 932080268

¿Por qué esperar?
No es preciso esperar a ningún formulario o procedimiento, porque ya existe ahora un medio de obtener la devolución del IRPF .
¿Qué importe se puede recuperar?
Para conocer el importe aproximado de la devolución, solo es preciso introducir los datos en la calculadora de la devolución.
¿Se puede tramitar la devolución del IRPF ahora?
En efecto, si existen cantidades a recuperar puede poner en marcha el procedimiento ahora mismo, con solo un click
¿De qué procedimiento se trata?
De un procedimiento que está vigente desde 2005, desde que se aprobó el Reglamento de los procedimientos de revisión, de los recursos y reclamaciones.
Se trata del procedimiento de rectificación de liquidaciones y de solicitud de devolución de ingresos indebidos.
¿Quiénes pueden obtener la devolución?
El procedimiento es accesible a todas las afectadas, y todas ellas pueden solicitar esa devolución ( también ellos, si percibieron la prestación).
Tanto si sobre las prestaciones se practicó retención como si no se retuvo, incluso si la declaración hubiera resultado a devolver, si resultó un pago neto.
¿Qué se necesita?
Sólo es preciso disponer de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta, o los borradores aceptados en su día, que contengan las prestaciones.
Y, si es posible, los datos fiscales recibidos cada año de la administración tributaria o la certificación de la Seguridad Social con esa información.
¿Cómo se determina la cantidad exacta a devolver?
Recalculando los datos de los rendimientos netos del trabajo, o de la actividad económica en las autónomas, para obtener la nueva cuota líquida resultante.
La diferencia entre esa cuota líquida modificada y la anteriormente declarada es la cantidad a recuperar.
¿Calcular la diferencia o solicitar la rectificación, sin más?
Es de especial utilidad aportar los datos corregidos y el nuevo cálculo, porque con ello la resolución se hace más fácil y se tarda menos en obtener respuesta.
Presentar solo una solicitud de rectificación, sin más, siempre retrasa el procedimiento.
¿Cuánto dura el proceso?
El plazo máximo del que dipone la administración tributaria para la resolución del procedimiento es de seis meses, desde la presentación de la solicitud.
¿Cómo se tramita?
La presentación se lleva a cabo en sede electrónica de la Agencia tributaria, sin necesidad de trámites o desplazamientos para las afectadas.
Se presenta una solicitud para cada uno de los años en que se produjo ese mayor pago de IRPF.
¿Se puede tramitar la recuperación del IRPF ahora mismo?
En efecto, puede poner en marcha el procedimiento de reembolso ahora mismo, con solo un click

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *